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Anexo 20 | Proyecto de vida

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Usuaria(Obligatorio)

El Proyecto de Vida se debe trabajar directamente en el expediente clínico electrónico de la usuaria. Esta sección es únicamente para generar el documento en formato PDF, los cambios y el registro de logros debe hacerse directamente en la pestaña Proyecto de Vida localizada en la primera sección del expediente clínico.

Metas de vida

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